Preguntas Frecuentes
¿Debe el acreedor (empresa o persona a la que la deuda original se le debe) notificarme antes de enviar mi cuenta a una agencia de colección?
Respuesta: El acreedor por lo general no está obligado a informarle al deudor que está transfiriendo su cuenta a una agencia de cobros.
¿Qué debo hacer si soy contactado por un cobrador o una agencia de cobranza?
Respuesta: Responder lo más pronto posible. Si usted no responde, la agencia de cobranza seguirá tratando de hacer contacto con usted para cobrar lo que se cree que es una deuda válida.
Debe identificarse el cobrador e informarme el propósito de la conversación?
Respuesta: Si. Es obligatorio que el cobrador se identifique y le comunique que el propósito de la llamada es cobrar una deuda.
Cómo puedo saber cuánto tengo en deuda?
Respuesta: En el primer contacto el cobrador debe informarle el monto adeudado, los gastos anexos si existieran y las distintas opciones de pago disponibles.
Qué puedo hacer si estoy en desacuerdo con la deuda reclamada por el cobrador?
Respuesta: El cobrador deberá indicarle los pasos a seguir para efectuar el reclamo correspondiente ante el acreedor.
Puedo seguir pagando al acreedor a quien debo dinero?
Respuesta: No siempre, esto dependerá de la reglamentación de cada entidad y el cobrador le informara la posibilidad de efectuarlo.
¿Qué pasa si yo no soy la persona que el cobrador está buscando?
Respuesta: Si usted no es la persona que la agencia está buscando, debe comunicarse y explicar el error para que la agencia pueda modificar los datos de contacto e informarle al acreedor que los datos de contacto en su base son erróneos.
¿Tengo que pagar más porque la deuda está siendo gestionada por una agencia de cobranzas?
Respuesta: Generalmente las agencias de cobranza están habilitadas a cobrar un porcentaje de la deuda total en concepto de honorarios u otros cargos previamente autorizados por el contrato de trabajo ente el acreedor y la agencia.
Pueden demandarme si no pago la deuda?
Respuesta: Si. Generalmente si no se concreta un arreglo de pago con la agencia en esta etapa pre-judicial pueden presentarle una demanda civil. Si usted no contesta a la demanda civil, una decisión del tribunal a favor del demandante puede ocurrir, o sea, un fallo por incomparecencia. Si esto ocurriese, es posible que usted tenga que pagar además de la deuda los gastos del tribunal y los abogados. Si lo demandan, usted debería consultar con un abogado.
¿Puedo ir a la cárcel por falta de pago de una deuda?
Respuesta: No. Usted no va a ser detenido ni sometido en la cárcel por falta de pago de una deuda.
¿Puedo hacer arreglos de pago con una agencia de cobro de deudas?
Respuesta: Es responsabilidad de la agencia de cobro de deudas cobrar las deudas que le asignan los acreedores. El cobrador le proporcionara todos los mecanismos y posibilidades para lograr el acuerdo de pago que mas se ajuste a sus posibilidades.
Es obligatorio que una agencia de cobranza acepte un pago parcial?
Respuesta: No, no hay nada que obligue al cobrador a aceptar una suma menos que la suma en su totalidad. El acreedor es quien establece las pautas de pago y si fuera permitido por este el cobrador le indicara la opción.
La agencia de cobranza debe aceptar el pago cada mes si puedo pagar cierta cantidad de dinero?
Respuesta: No. Es la responsabilidad de la agencia de cobranza recuperar las deudas que se le asigna y que exija el pago total de la deuda o monto acordado según acuerdo previo.
El arreglo de pago alcanzado con la agencia debe ser firmado? ¿Tengo que firmar un contrato?
Respuesta: La agencia de cobranza tiene derecho a exigir un acuerdo por escrito como condición para aceptar el acuerdo de pago preestablecido. Un contrato firmado establece la forma de pago por usted aceptada y le da la protección necesaria para cualquier reclamo futuro, siempre y cuando usted cumpla haciendo los pagos acordados. Si realiza pagos a tiempo y paga la cantidad acordada, la agencia no puede cambiar el plan de pago, pero, si usted no cumple con el acuerdo, se le podría exigir la deuda en su totalidad y este contrato queda si efecto alguno.
¿Qué pasa con los acuerdos de pago de palabra (no firmados)?
Respuesta: Las mismas condiciones se aplican a los acuerdos no escritos como los acuerdos por escrito. Ambos son considerados contratos entre usted y el acreedor, siempre que los términos se han acordado mutuamente.
¿Mi hogar puede estar en riesgo de ejecución hipotecaria o mi sueldo embargado para cobrar una deuda?
Respuesta: Si, en el caso de no lograr un acuerdo de pago en la etapa pre-judicial y alcanzada una instancia legal su propiedad o su sueldo pueden sufrir embargos si un tribunal así lo decidiera.
¿Cuándo puede una agencia de cobros llamarme?
Respuesta: Una agencia de cobranza está autorizada a intentar comunicarse telefónicamente con usted entre las 8 AM y 9 PM., de lunes a sábados. También puede utilizar otros medios de comunicación como el correo, mails, sms, etc. sin restricciones de horarios.
¿Es una agencia de cobros autorizados a contactar a otras personas para hablar de mi deuda?
Respuesta: Un cobrador puede comunicarse con otros en un intento de localizarlo, pero no puede discutir su estado de cuenta o de la deuda con una persona que no sea usted.
¿Puede una agencia de cobros llamarme al trabajo?
Respuesta: Sí, a menos que el cobrador sepa que su empleador le prohíbe recibir dicha comunicación. Si se le prohíbe recibir comunicaciones en el trabajo, informar al cobrador y proporcionar un número de teléfono alternativo donde pueda ser contactado. Habitualmente cuando usted solicita un producto o crédito el acreedor le solicita distintos datos de contacto dentro del cual esta el teléfono laboral.
Cuando no pago una deuda, ¿esto afecta mi condicion de consumidor?
Respuesta: Su acreedor puede reportar información sobre su cuenta a una agencia de información nacional de consumidores. La información sobre los pagos atrasados, u otros incumplimientos en su cuenta puede ser reflejado en su informe de consumidor de las distintas entidades locales o nacionales. Esta información es reportada por el acreedor y no por las agencias de cobranza.
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